Acuerdo 221-2016 Cambio de domicilio TEMA, 1 y 2 Letrado CS y DAA

ACUERDO C-221/2016 EMITIDO POR EL H. CONSEJO DE LA JUDICATURA EN SESIÓN CELEBRADA EL TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN ESPECIALIZADO EN MATERIA DE ADOLESCENTES, DE LOS JUZGADOS PRIMERO Y SEGUNDO LETRADOS EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO Y DIVERSAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COAHUILA, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- En los términos de los artículos 143 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, y 56 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo de la Judicatura es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con independencia técnica de gestión para emitir sus resoluciones, además, está facultado para expedir acuerdos que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones.

SEGUNDO.- Según lo dispone el artículo 57, fracciones VIII y XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, son atribuciones del Consejo de la Judicatura supervisar el funcionamiento de los órganos que integran el Poder Judicial y expedir los acuerdos generales que sean necesarios para regular el funcionamiento de dicho poder público.

​ De tal suerte que el Consejo de la Judicatura, en ejercicio de esa facultad de supervisión, estima conveniente realizar el cambio del domicilio del Tribunal de Apelación Especializado en materia de Adolescentes al edificio sito en Boulevard Venustiano Carranza 2673, Col. Santiago, C.P. 26274.

​ De la misma manera, el correspondiente cambio de domicilio de los Juzgados primero y segundo letrados en materia civil del Distrito Judicial de Saltillo, la Oficialía Mayor, la Secretaría del Consejo de la Judicatura, la Visitaduría Judicial General, la Central de Actuarios de Saltillo y la Oficialía de Partes de los juzgados letrados civiles, con residencia en esta ciudad capital, al inmueble ubicado en Boulevard Isidro López Zertuche 2791, Colonia Los Maestros C.P. 25280.

​ Lo anterior, en virtud de que para lograr el objetivo de regular el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos integrantes del Poder Judicial, es pertinente imprimir eficiencia a los espacios en los inmuebles, en el marco de las medidas de austeridad implementadas, de forma tal que se concentren en los edificios de referencia diversos órganos y dependencias del Poder Judicial del Estado.

TERCERO.- Por los motivos y razonamientos vertidos en el considerando que antecede, es que el Consejo de la Judicatura autorizó las adecuaciones y remodelaciones a los inmuebles mencionados en el considerando que antecede, para realizar el cambio de domicilio del Tribunal de Apelación Especializado en materia de Adolescentes, así como de los juzgados primero y segundo letrados en materia civil del Distrito Judicial de Saltillo y diversas áreas administrativas del Poder Judicial del Estado de Coahuila, con sede en esta ciudad capital.

​ En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 57, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, las y los Consejeros, por unanimidad de votos, emitieron el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- Se determina que a partir del primero de agosto de dos mil dieciséis el domicilio que ocupará el Tribunal Apelación Especializado en materia de Adolescentes del Poder Judicial del Estado de Coahuila, con sede en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, será el ubicado en:

Boulevard Venustiano Carranza 2673, Col. Santiago, planta baja

SEGUNDO.- Se establece que a partir del primero de agosto de dos mil dieciséis el domicilio que ocuparán el Juzgado Primero Letrado en materia Civil y el Juzgado Segundo Letrado en materia Civil, ambos del Distrito Judicial de Saltillo, así como la Oficialía de Partes de dichos órganos jurisdiccionales será el ubicado en:

Boulevard Isidro López Zertuche # 2791 Colonia Los Maestros, Piso 2 C.P. 25281, Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO.- Se determina que a partir del primero de agosto de dos mil dieciséis el domicilio que ocuparán la Oficialía Mayor, la Secretaría del Consejo de la Judicatura, la Visitaduría Judicial General y la Central de Actuarios de Saltillo, con residencia en esta ciudad capital, será el ubicado en:

Boulevard Isidro López Zertuche # 2791 Colonia Los Maestros, Piso 1 C.P. 25281, Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

CUARTO.- Se instruye a la Oficialía Mayor del Poder Judicial a fin de que realice las gestiones necesarias para el traslado de los órganos jurisdiccionales y dependencias a que se refieren los tres puntos de acuerdo que anteceden, a los inmuebles que albergarán sus nuevas oficinas, autorizándosele para que disponga de los recursos necesarios, con cargo al presupuesto de egresos asignado al Poder Judicial del Estado, a fin de llevar a cabo la ejecución puntual del presente acuerdo.

QUINTO.- Se instruye a la Secretaria de Acuerdo y Trámite con el objeto de que lleve a cabo las gestiones correspondientes para la debida publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la página electrónica del Poder Judicial del Estado, así como para que se fije en los estrados de los órganos jurisdiccionales del Estado, y remita las comunicaciones oficiales a las instancias competentes para su conocimiento.

​ Así lo acordaron y firman los miembros integrantes del Consejo de la Judicatura que estuvieron presentes en sesión de treinta de junio de dos mil dieciséis, por ante la Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.

EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE.

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