Centro de Medios Alternos de Solución de Controversias

Centro de Medios Alternos de Solución de Controversias

Objetivo

Procurar la solución extrajudicial de conflictos y prevenir el incremento de los mismos. Las funciones del Centro no son jurisdiccionales y se caracterizan por la especialidad, permanencia, independencia, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, responsabilidad y sujeción al estado humanista, social y democrático del derecho. El Centro atenderá gratuitamente los casos que los particulares soliciten y los que les remitan los Magistrados, Jueces, Agentes del Ministerio Público y organismos públicos o privados, en los términos de la Ley de la materia.

Funciones

De conformidad con el artículo 112 de la Ley de Medios Alternos de Solución de Controversias para el Estado de Coahuila. El centro tiene las siguientes atribuciones:

  1. Vigilar el cumplimiento de esta ley;
  2. Prestar en forma gratuita los servicios de información, orientación, mediación, conciliación, evaluación neutral y arbitraje, en términos de este ordenamiento
  3. Conocer y, en su caso, resolver los conflictos que les planteen directamente los particulares o los que les remitan los órganos de procuración y administración de justicia, procurando su solución a través de los medios alternos;
  4. Coordinar y supervisar, en su caso, los centros regionales que constituya, así como los centros o instancias que pudiere instaurar en esta materia el Poder Ejecutivo y los municipios.
  5. Elaborar los manuales operativos de observancia general de mediación, conciliación, evaluación neutral y arbitraje;
  6. Formar, capacitar, evaluar y certificar a los facilitadores encargados de conducir los medios alternos, así como evaluar y certificar a los facilitadores de la Fiscalía General del Estado.
  7. Tener programas permanentes de actualización, capacitación y certificación de facilitadores;
  8. Promover y difundir permanentemente entre los particulares la cultura de la solución pacífica de sus conflictos a través de medios alternos;
  9. Difundir con objetividad los resultados de los medios alternos en el Estado;
  10. Intercambiar en forma permanente conocimientos y experiencias con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras para que contribuyan al cumplimiento de los fines de esta ley;
  11. Establecer mediante disposiciones generales los métodos, políticas y estrategias para que los facilitadores conozcan y apliquen eficientemente los medios alternos;
  12. Elaborar las investigaciones, análisis y diagnósticos relacionados con los medios alternos, y
  13. Las demás que se deriven de esta ley.

Datos del Órgano

Trámites y Servicios

Procedimientos de Certificación para facilitadores en Mediación y Conciliación

Listado de Personas Certificadas Vigentes como facilitadoras Privadas en Mediación

Listado de facilitadores en Materia Penal que han obtenido el registro del de Comité de Certificación en Materia Penal del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza

Directorio

Contáctanos

Lic. Laura Leticia Iga Masso, Coordinadora Administrativa y de Vinculación
Isidro López Zertuche número 2791 Colonia los Maestros. Saltillo, Coahuila de Zaragoza
Teléfonos: (844) 7 77-44-51
Correo electrónico: cemasc@pjecz.gob.mx
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