Acuerdo 192-2018 Creación Juzgado Auxiliar del Segundo Familiar

ACUERDO C-192/2018 EMITIDO POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO EN SESIÓN CELEBRADA EL VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR AUXILIAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO, EL CUAL TENDRÁ COMPETENCIA TERRITORIAL EN ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO.

En otro punto relacionado con el apartado de asuntos generales, la Magistrada Presidenta señaló a los Consejeros que en atención a la información estadística más reciente respecto a los asuntos que se encuentran en trámite en los diversos órganos jurisdiccionales de primera instancia en el Estado, era innegable que la materia con mayor carga histórica era la familiar.

En ese contexto, y en aras de que los asuntos de esta importante materia fuesen atendidos lo más puntual posible, dada la trascendencia que ello implica en el creciente desarrollo del tejido social, propuso que en el ejercicio de las atribuciones que el artículo 57, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial otorga a este Consejo de la Judicatura, se creará un juzgado auxiliar en materia familiar, que funcionaría por un período temporal hasta que se determine su conclusión por acuerdo de este órgano colegiado, a partir del diecisiete de septiembre del año en curso, con el propósito de atender esa carga histórica aplicando, para esos efectos, el Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza vigente desde el 1° de octubre de 1999, y sus respectivas reformas. Con el objetivo de que, en atención a su desempeño, pudieran continuar actuando bajo la modalidad de un Juzgado Oral Familiar con residencia en este Distrito Judicial de Saltillo.

Mencionó que dicho órgano jurisdiccional auxiliar que proponía, estaría integrado por un juez, dos secretarios de acuerdo y trámite, dos actuarios, cuatro mecanógrafos, un archivista y un auxiliar administrativo; y que físicamente se ubicarían en las mismas instalaciones que ocupa el juzgado de primera instancia auxiliado, con algunas modificaciones estructurales, con el fin de no afectar ni causar posibles confusiones a los justiciables.

De esa manera, refirió la Magistrada Presidenta que considerando la información estadística provista por la Visitaduría Judicial General, el juzgado auxiliar en materia familiar estaría ubicado en el Distrito Judicial de Saltillo, en apoyo al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar de esta ciudad, que cuenta con una gran carga histórica en el sistema tradicional, aunado a que se hace necesario el desahogo de todas aquéllas causas que se tramitan bajo éste sistema, y que le fueron asignadas de los juzgados Primero y Tercero de Primera Instancia en Materia Familiar que fueron transformados a la oralidad mediante acuerdos C-390/2016 de veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis y C-340/2017 emitido por el Consejo de la Judicatura del Estado en sesión celebrada el dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete, para así dar paso en su totalidad al sistema oral familiar.

Para el funcionamiento interno, sugirió que el juzgado de primera instancia, al que se brindará apoyo, conozca de los expedientes con terminación en número non, y el juzgado auxiliar de aquellos con terminación en número par, tanto de los que forman parte de la carga histórica, como de aquellas nuevas causas asignadas de los juzgados transformados, por lo que para esos efectos la Dirección de Informática, tendrá que realizar las adecuaciones correspondientes a los programas, a efecto de que en ese sentido opere el juzgado de primera instancia que recibirá apoyo, el juzgado auxiliar, así como la Oficialía de Partes.

Con el propósito de atender la carga histórica, el juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo continuaría rindiendo sus datos estadísticos conforme lo vienen realizando, y el órgano jurisdiccional auxiliar lo harían también a la Visitaduría Judicial General, y al Consejo de la Judicatura mensualmente un informe de resultados, a fin de que se determine, en caso de ser necesario, la conveniencia de ser trasladados a otro juzgado de primera instancia dentro del mismo distrito judicial u otro diverso, conforme a las necesidades del servicio, cambiando inclusive la materia de que conocieran.

Comentó, que en atención a los resultados de su funcionamiento, el órgano auxiliar podría ser considerado para formar parte del nuevo sistema de justicia oral en materia familiar.

Para efecto de conocer los resultados de la implementación de este órgano auxiliar a implementarse en materia familiar, la Magistrada Presidenta también propuso a los Consejeros que la Visitaduría Judicial General llevará a cabo el seguimiento correspondiente, informando de ello periódicamente a este órgano colegiado a fin de determinar las medidas conducentes que fueran necesarias.

Igualmente, la Magistrada Presidenta dijo que en caso de aprobarse su propuesta, se habría de instruir a la Oficialía Mayor a fin de que realizara las gestiones correspondientes, para realizar las adecuaciones físicas en las instalaciones del juzgado de primera instancia.

Finalmente, la Magistrada Presidenta propuso a los Consejeros hacer las designaciones del personal que integre el juzgado auxiliar en materia familiar, en caso de ser aprobada su propuesta, debido a que iniciarían a funcionar el diecisiete de septiembre del año en curso, y para el efecto de facilitar la organización y establecimiento del auxiliar y la entrega recepción entre el auxiliar y el auxiliado, propuso a las y los Consejeros que los primeros cuatro días de la primera semana a partir de su creación, esto es, del 17 al 20 de septiembre de la anualidad que transcurre, no correrán términos, para reanudarse a partir del 24 del mes y año en cita .

Impuestos de la información presentada por la Magistrada Presidenta y agotados los comentarios al respecto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 57, fracciones I, II, VIII y XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, por unanimidad de votos, las y los Consejeros emitieron el siguiente:

ACUERDO C-192/2018

Se aprueba en todos sus términos la propuesta de la Magistrada Presidenta de implementar un órgano jurisdiccional auxiliar de Juzgado de Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar de este Distrito Judicial de Saltillo, en los siguientes términos:

  1. Se crea un juzgado auxiliar en materia familiar, que funcionará por un período temporal hasta en tanto así lo determine este Consejo de la Judicatura, a partir del diecisiete de septiembre del año en curso, con el propósito de atender la carga histórica en esa materia aplicando, para esos efectos, el Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza vigente desde el 1° de octubre de 1999.

  2. El juzgado auxiliar en materia familiar tendrá las atribuciones, funciones, deberes y obligaciones que establece la legislación vigente para los juzgados de primera instancia en esa materia.

  3. La denominación del órgano auxiliar cuya creación se aprueba mediante este acuerdo, para todos los efectos legales, será la siguiente:

Juzgado de Primera Instancia en materia Familiar Auxiliar del Juzgado Segundo Familiar del Distrito Judicial de Saltillo.

  1. El órgano jurisdiccional auxiliar que se autoriza crear, se integrará por un juez, dos secretarios de acuerdo y trámite, dos actuarios, cuatro mecanógrafos, un archivista y un auxiliar administrativo, quedando de la siguiente manera:
Cargo Nombre
Juez Lourdes Espinosa Cubillo
Cargo Actual: Juez Interina 1° Civil Saltillo
Ingresó: 01 de septiembre de 2004
Otros Cargos:
Taquimecanógrafa Juzgado 3° Civil Saltillo
Taquimecanógrafa Juzgado 1° Letrado Civil Saltillo
Secretaria de acuerdo y trámite del Juzgado 1° Civil Saltillo
Secretario de Acuerdo y Trámite Laura Alicia Martínez Bustos
Cargo Actual: Actuaria Juzgado 1° Letrado Civil Saltillo
Ingresó: 25 de agosto de 2005
Otros Cargos:
Taquimecanógrafa Primer Tribunal Unitario
Taquimecanógrafa Juzgado 1º Letrado Penal Saltillo
Taquimecanógrafa. 1° Familiar Saltillo
Actuaria Int. Juzgado 2° Letrado Penal Saltillo
Actuaria Int. Juzgado Familiar Acuña
Actuaria Int. Juzgado 2° Letrado Civil Saltillo
Actuaria Juzgado 1° Letrado Penal Saltillo
Secretario de Acuerdo y Trámite Sandra Ramona Juárez Bautista
Cargo Actual: Secretaria de Acuerdo y Trámite Juzgado 2° Familiar Saltillo.
Actuario Actuario
Edgar Fernando Domínguez Camarillo
Cargo Actual: Actuario Juzgado 1° Civil Saltillo
Ingresó por Reserva Judicial al Juzgado 2° Civil Monclova, ha cubierto varios interinatos en la ciudad de Saltillo incluso de Secretario de Acuerdo y Trámite, se quedó de Actuario extra en el Juzgado 1° Civil Saltillo, hasta en tanto se abriera el nuevo Juzgado.
Actuario Adriana Alejandra López Mendoza
Cargo Actual: Actuaria Juzgado 2° Familiar Saltillo
Taquimecanógrafa Rosalinda Bernal Torres
Cargo Actual: Taquimecanógrafa Juzgado 4° Familiar Saltillo
Ha solicitado su cambio de adscripción en varias ocasiones, estaba en espera de la apertura del nuevo Juzgado.
Taquimecanógrafa Azenath Navarro Villanueva
Cargo Actual: Taquimecanógrafa Juzgado 1° Mercantil Saltillo
Solicita no ser movida a Colosio por lo lejos que le queda el Centro de trabajo, hay buenas referencias por parte de la Juez de su trabajo.
Taquimecanógrafa Se re-adscribirá 1 taquimecanógrafa del Juzgado 2° Familiar Saltillo, a elección de la Titular del Juzgado Auxiliado.
Taquimecanógrafa Se re-adscribirá 1 taquimecanógrafa del Juzgado 2° Familiar Saltillo, a elección de la Titular del Juzgado Auxiliado.
Archivista Alma Griselda Estrello Guerrero
Cargo Actual: Archivista Juzgado 2° Mercantil Saltillo
Solicita no ser movida a Colosio por lo lejos que le queda el Centro de trabajo, hay buenas referencias por parte del Juez de su trabajo
Auxiliar Administrativo María de Jesús Padilla Moreno
Cargo Actual: Auxiliar Administrativo Juzgado 2° Mercantil Saltillo
Solicita no ser movida a Colosio por lo lejos que le queda el Centro de trabajo, hay buenas referencias por parte del Juez de su trabajo
  1. El órgano jurisdiccional auxiliar estará ubicado físicamente en las mismas instalaciones que ocupa el juzgado segundo de primera instancia de lo familiar al que brindará apoyo, haciendo las modificaciones estructurales que se requieran, con el fin de no afectar ni causar posibles confusiones a los justiciables. Lo anterior sin perjuicio de que una vez realizadas las adecuaciones proyectadas al edificio en que se localizan sea aprobado por este juzgado, el cambio de oficina a una diversa del mismo inmueble.

  2. El órgano jurisdiccional auxiliar en materia familiar se ubicará en el Distrito Judicial de Saltillo.

  3. La implementación del juzgado auxiliar se llevará a cabo en el juzgado segundo de primera instancia, su adscripción será la siguiente:

Juzgado de Primera Instancia en Materia Familiar Auxiliar del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo.

Una vez concluida la atención de la carga histórica de asuntos en materia familiar, por el que se implementa el órgano auxiliar, el Consejo de la Judicatura determinará si permanecerá como Juzgado oral familiar en el mismo Distrito Judicial o en algún otro, atendiendo a las necesidades del servicio.

  1. El funcionamiento interno para ambos órganos jurisdiccionales, se regirá de la siguiente forma: el juzgado de primera instancia, al que se brindará apoyo, conocerá de los expedientes con terminación en número non, y el juzgado auxiliar conocerá de aquellos con terminación en número par, tanto de los que forman parte de la carga histórica, como de aquellas nuevas causas. Para esos efectos, la Dirección de Informática de este poder público, realizará las adecuaciones correspondientes a los programas informáticos, a efecto de que en ese sentido opere el juzgado de primera instancia que recibirá apoyo, el juzgado auxiliar, así como la Oficialía de Partes.

  2. Los juzgados de primera instancia continuarán rindiendo sus datos estadísticos conforme lo vienen realizando, y el órgano jurisdiccional auxiliar lo harán también a la Visitaduría Judicial General, y a este Consejo de la Judicatura rendirán mensualmente un informe de resultados, órgano que determinará, en todo momento y conforme a las necesidades del servicio, la conveniencia de su permanencia, la de ser trasladado a otro juzgado de primera instancia dentro del mismo o en diferente distrito judicial en materia familiar o cualquier otra, así como la designación de sus integrantes.

  3. El órgano auxiliar podrá ser considerado para formar parte del nuevo sistema de justicia oral en materia familiar, previsto en el Código de Procedimientos Familiares del Estado.

  4. La Visitaduría Judicial General llevará a cabo el seguimiento correspondiente del funcionamiento del órgano auxiliar en materia familiar y resolverá cualquier duda respecto a la observancia del presente acuerdo, informando de ello periódicamente a este Consejo de la Judicatura a fin de determinar las medidas conducentes que fueran necesarias.

  5. Con motivo de la creación del Juzgado de Primera Instancia en Materia Familiar Auxiliar del Distrito Judicial de Saltillo, 56, y 57, fracciones I, III y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en atención a las necesidades del servicio, así como a la experiencia, preparación y desempeño laboral que han mostrado los funcionarios y las funcionarias que más delante se detallan, y considerando siempre respetar la carrera judicial del personal adscrito al Poder Judicial del Estado, conforme a lo establecido por el artículo 62 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila, se determina que inicialmente estará integrada por el personal enlistado en el cuadro que obra en la parte considerativa del presente acuerdo.

  6. Como consecuencia de los cambios de adscripción y asignaciones de personal referidos en el punto que antecede, se determina necesario precisar los movimientos derivados a fin de no generar incertidumbre en la composición de los órganos jurisdiccionales y administrativos involucrados, mismos que se detallan en el cuadro siguiente:

Movimientos derivados por la integración del Juzgado de Primera Instancia Auxiliar Familiar Saltillo

Motivo Cargo/ Adscripción Vacante Sustitución del cargo descrito y cadena de movimientos
Cambio de adscripción
Lourdes Espinosa Cubillo
Juez 1° Civil Saltillo
1.Armando Esparza Ramírez,
Cargo Actual: Juez Civil y Familiar Parras. Queda como Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo.
1.1Laura Ofelia Castañeda Reyna,
Cargo Actual: Secretaria de Acuerdo y Trámite del Juzgado 3° Civil Saltillo, queda como Juez Civil y Familiar Parras.
1.2Martha Patricia López Gómez,
Cargo Actual: Actuaria 1° Tribunal Distrital
Ingresó: 01-mar-94
Ogros Cargos: Actuaria Juzgado 1º Civil Saltillo
Actuaria Juzgado 3º Civil Saltillo
Actuaria Int. Juzgado Letrado Civil Saltillo
Actuaria Juzgado 2º Letrado Civil Saltillo
Actuaria Juzgado 2º Civil Saltillo
Actuaria Primer Tribunal Unitario
Secretaria de Acuerdo y Trámite del Juzgado 3° Civil Saltillo
Queda como: Secretaria de Acuerdo y Trámite del Juzgado 3° Civil Saltillo
1.1 Designación a criterio del titular del Primer Tribunal del Estado,
Cargo a cubrir: Actuaria en ese mismo Tribunal.
Promoción
Laura Alicia Martínez Bustos
Actuaria Juzgado 1° L. Civil Saltillo
1.Rosa Alicia Peña Rodríguez,
Cargo Actual: Actuaria J. 3° Familiar Saltillo
Queda adscrita como actuaria al Juzgado Primero Letrado Civil de Saltillo.
1.Rocío Alejandra Rodríguez García,
Cargo Actual: Actuaria J. 2° Mercantil Saltillo
Nota: Esperando oportunidad cuando se abrieran nuevos Juzgados, ingresó por Reserva Judicial
Queda adscrita como actuaria adscrita al Juzgado Tercero Familiar de Saltillo.
1.1 Janai Usai Yemen Pérez Alvarado,
Cargo Actual: Taquimecanógrafa J. 4° Familiar Saltillo
Ingresó: 16 de mayo de 2016
Otros cargos: cubrió un interinato como Actuaria Juzgado 4° Familiar Saltillo
Queda adscrita como actuaria adscrita al Juzgado Segundo Mercantil de Saltillo.
1.2 Lilia Naomi Donaji Rodríguez Martínez, meritoria, está haciendo sus prácticas profesionales en el Juzgado 4° Familiar Saltillo, estudiante de Derecho.
Queda adscrita como Taquimecanógrafa adscrita al Juzgado Cuarto Familiar de Saltillo.
Designación
Edgar Fernando Domínguez Camarillo
Actuario Juzgado 1° Civil Saltillo
Zita Catalina Ponce Esparza (Actuaria Juzgado 2° Civil Monclova), sujeta a la aprobación del examen de méritos.
Queda como actuaria del Juzgado 1° Civil Saltillo.
Cambio de adscripción
Rosalinda Bernal Torres
Taquimecanógrafa Juzgado 4° Familiar Saltillo
1.Clara Lizeth Morales Banda, meritoria del Juzgado 4° Familiar Saltillo.
Queda como taquimecanógrafa del Juzgado 4° Familiar Saltillo.
Cambio de adscripción
Azenath Navarro Villanueva
Taquimecanógrafa Juzgado 1° Mercantil Saltillo
1.Ariadna Tonatzin Hernández Hernández
Cargo Actual: Taquimecanógrafa Juzgado 4° Familiar Saltillo
Queda como taquimecanógrafa del Juzgado Primero Mercantil de Saltillo.
1.1Alejandra Verónica Jaramillo Vazquez, externa.
Queda como Taquimecanógrafa Juzgado 4° Familiar Saltillo
Cambio de adscripción
Alma Griselda Estrello Guerrero
Archivista Juzgado 2° Mercantil Saltillo
1.1 Roberto Jaime Gónzalez, externo.
Queda como archivista del Juzgado Segundo Mercantil Saltillo
Cambio de adscripción
María de Jesús Padilla Moreno
Auxiliar Administrativo Juzgado 2° Mercantil Saltillo
1.1 Rosa E. Martínez Juárez, externa.
Queda como auxiliar administrativo del Juzgado Segundo Mercantil Saltillo.
  1. Hágase del conocimiento del personal señalado en los cuadros insertos en el presente acuerdo, así como prevéngaseles, que en el supuesto de que no tengan aprobado el examen de méritos correspondiente a la plaza que se les asigna, su permanencia en el puesto estará condicionada a que una vez que se emita la convocatoria respectiva, presenten y aprueben el examen de méritos. En caso contrario el funcionario o funcionaria de que se trate, podrá ser removido y readscrito, de conformidad con las necesidades del servicio, según lo determine el Consejo de la Judicatura. Lo anterior con sustento en los artículos 62, 63, 64, 65, 66, y 67 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

Asimismo, notifíquese a todo el personal involucrado en el presente comunicado que los cambios señalados, surtirán sus efectos a partir del diecisiete de septiembre de la presente anualidad.

  1. En los términos descritos en los considerandos que anteceden, se aprueba que los titulares de los órganos que cambian de adscripción realicen la entrega y recepción correspondiente de los juzgados a los que hasta la fecha se encuentran adscritos, a quien habrá de sustituirlos conforme ha quedado establecido, en el periodo siguiente:

Armando Esparza Ramírez Juez Civil y Familiar de Parras de la Fuente entrega a Laura Ofelia Castañeda Reyna del 03 al 07 de septiembre de 2018.

Lourdes Espinoza Cubillo Jueza Primera Civil Saltillo entrega a Armando Esparza Ramírez del 10 al 14 de septiembre de 2018.

Por lo anterior el inicio de funciones en su nueva adscripción quedará de la siguiente forma:

Laura Ofelia Castañeda Reyna entra en funciones como Jueza de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Parras, a partir del 10 de septiembre de 2018.

Armando Esparza Ramírez Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, entra en funciones el 17 de septiembre de 2018.

Lourdes Espinoza Cubillo Jueza Primera en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, entra en funciones el 17 de septiembre de 2018.

El resto del personal deberá presentarse en los juzgados en los que han quedado adscritos a partir del día 17 de septiembre de dos mil dieciocho, para iniciar las labores administrativas y/o jurisdiccionales que en cada caso correspondan, así como para recibir la capacitación respectiva, de ser necesario en un horario vespertino.

  1. En los términos descritos en los considerandos que anteceden, se aprueba que los expedientes y anexos de los asuntos en trámite del juzgado auxiliado con número par deberá transferirse al Juzgado Auxiliar respectivamente.

  2. En atención a lo anterior, a partir del día 17 de septiembre de dos mil dieciocho y hasta el día veinte del mismo mes y año, no habrá atención al público ni despacho de oficina en el juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, ni en el juzgado auxiliar, por lo que sólo se atenderán las medidas urgentes y de amparo que por su naturaleza lo ameritan; periodo en el que proveerán lo conducente y realizarán las actividades necesarias y oportunas para la remisión de los expedientes que dejará de conocer el respectivo juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Familiar auxiliado; en el entendido de que las promociones de término que correspondan a ese periodo serán recibidas en la Oficialía de Partes, para su envío al juzgado que lo sustituye por auxilio en el conocimiento de los asuntos.

  3. Para llevar a cabo la entrega de los expedientes, documentos y anexos, se atenderán los lineamientos que para el efecto establezca la Visitaduría Judicial General.

Lo anterior con el objeto de que se haga una entrega recepción que se realizará con intervención de la Visitaduría Judicial General en los términos de la normatividad aplicable y en la que se deberá detallar por lo menos:

a) Relación de expedientes en trámite;

b) Relación pormenorizada de la situación procesal de cada expediente;

c) Toda la documentación del secreto relativa a los referidos expedientes;

d) Relación de valores;

e) Toda la información relativa a los procedimientos o expedientes judiciales terminados que aún se encuentren en el archivo del juzgado;

f) Relación de sellos oficiales para entrega a Visitaduría;

g) La relación de archivo electrónico, que contenga el vigente, la relación de respaldo electrónico de archivos, en su caso, el archivo de concentración y el histórico o muerto;

h) Otros aspectos relevantes como actas de visita; y,

i) Relación de Libros, legajos, y demás documentación relacionada con los asuntos tramitados en el juzgado.

  1. Para el inicio en sus labores de los funcionarios listados en los cuadros insertos en el presente acuerdo, las áreas respectivas deberán programar lo conducente a efecto de que en el periodo del 07 al 20 de septiembre de dos mil dieciocho se inicie un periodo intensivo de adiestramiento al personal que con el motivo de su cambio de adscripción o nuevo ingreso así lo requiera, de conformidad con el Programa de Capacitación que obra agregado al presente acuerdo como anexo.

  2. Se instruye a la Oficialía Mayor a fin de que realice las gestiones correspondientes, para el debido cumplimiento del presente acuerdo.

  3. Se instruye a la Secretaría de Acuerdo y Trámite para llevar a cabo las gestiones correspondientes para la debida publicación del presente acuerdo en la página electrónica del Poder Judicial del Estado, así como para que se fije en los estrados de los órganos jurisdiccionales del Estado, y remitir las comunicaciones oficiales a las instancias competentes para su conocimiento y debido cumplimiento.

Así lo acordaron y firman los miembros integrantes del Consejo de la Judicatura que estuvieron presentes en sesión celebrada el día veintinueve de agosto de dos mil dieciocho, por ante la Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.

EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE

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