Acuerdo C-064/2020 Creación Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil en Torreón

Mediante el cual se crea el Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón.

ACUERDO C-064/2020 EMITIDO POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO EN SESIÓN CELEBRADA EL VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTE, MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL JUZGADO TERCERO LETRADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TORREÓN, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA.

C O N S I D E R A C I O N E S

PRIMERO. El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en los términos de los artículos 143 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y 56 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, es el órgano de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con independencia técnica de gestión para emitir sus resoluciones y expedir acuerdos generales que permiten el adecuado ejercicio de sus funciones.

SEGUNDO. De acuerdo con el artículo 57, fracciones II, III, VIII y XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, tiene facultades para crear, a propuesta de su Presidente, según lo exijan las necesidades del servicio y lo permita el presupuesto de egresos, órganos jurisdiccionales con competencia general y/o especializada en la materia de que se trate; señalar o cambiar la adscripción de los titulares y demás servidores públicos de los órganos jurisdiccionales, variar la materia, la competencia por cuantía y circunscripción territorial de éstos y cambiar el lugar de su residencia; así como establecer los criterios generales que sean necesarios para la adecuada distribución de los asuntos en los lugares donde existan varios Juzgados de Primera Instancia o Juzgados letrados; asimismo, cuenta con atribuciones para dictar las providencias necesarias para el mejoramiento de la administración de justicia y expedir los acuerdos generales que sean necesarios para regular el funcionamiento del Poder Judicial y de sus órganos.

TERCERO. En esta misma sesión, previamente se acordó la supresión de los Juzgados Cuarto y Quinto de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Torreón, que conocían de dicha materia conforme al sistema procesal previsto en el Código de Procedimientos Penales del Estado, publicado en el mes de mayo de 1999, en virtud de que su actividad se había visto disminuida considerablemente con motivo de la implementación del proceso penal acusatorio y oral previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con la supresión de los referidos órganos jurisdiccionales, y el personal con que contaban estos, permite adoptar nuevas acciones para fortalecer en favor de la ciudadanía su derecho fundamental de acceso a la justicia previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como lo es crear otro órgano jurisdiccional.

En ese sentido, de acuerdo a los datos estadísticos con que cuenta este órgano colegiado, se advierte que la ciudad de Torreón, requiere la implementación de otro juzgado letrado civil, para atender con mayor diligencia a los justiciables.

CUARTO. Atendiendo a las necesidades del servicio, se dispone la creación de un Juzgado Letrado en Materia Civil en el Distrito Judicial de Torreón, el cual tendrá su sede en la ciudad de Torreón, Coahuila de Zaragoza, en los términos siguientes:

1.- La denominación del órgano jurisdiccional de nueva creación a que se refiere el punto que antecede será la siguiente:

Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, con residencia en la ciudad de Torreón, Coahuila de Zaragoza.

2.- El juzgado de referencia tendrá las atribuciones, competencia, funciones, deberes y obligaciones que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, y demás ordenamientos aplicables.

3.- El Juzgado de nueva creación tendrá su sede en el inmueble ubicado en el edificio del Palacio de Justicia localizado en Avenida de las Fuentes cruce con Calle Comerciantes, Colonia la Merced número 27276, con la infraestructura material y el personal necesario, para quedar como sigue:

Integración del Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón

Cargo en el Juzgado 3° Letrado Civil Torreón Nombre Cargo/Adscripción anterior Determinación
Juez Designación pendiente
Secretario de Acuerdo y Trámite Juan Francisco Machado Ortiz Secretario de Acuerdo y Trámite del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Secretario de Acuerdo y Trámite Rubén Alfonso Ortiz Solís Secretario de Acuerdo y Trámite del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Secretario de Acuerdo y Trámite Antonio Landeros García Secretario de Acuerdo y Trámite del Juzgado 5° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Actuario Elias Ortega López Actuario del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Actuario Silveria García Estebane Actuaria del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Actuario Ana Cristina Puente Villarreal Taquimecanógrafa del Juzgado 5° Penal Torreón Designación Interina hasta que se realice el debido procedimiento de selección en los términos de lo dispuesto por el Art. 84 de la ley orgánica
Taquimecanógrafa Dora Patricia Vizcarra Arreola Taquimecanógrafa del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Taquimecanógrafa Norma Patricia Valdivia Martínez Taquimecanógrafa del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Taquimecanógrafa Consuelo Saavedra Banda Taquimecanógrafa del Juzgado 4° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Taquimecanógrafa Lorena García García Taquimecanógrafa del Juzgado 5° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Taquimecanógrafa María Magdalena García Salas Taquimecanógrafa del Juzgado 5° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Taquimecanógrafa Damariz Arismendiz Morales Taquimecanógrafa del Juzgado 5° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Taquimecanógrafa Lorena Llanas García Taquimecanógrafa del Juzgado 5° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.
Archivista Karen Lizeth Rivadeneyra Ramírez Taquimecanógrafa del Juzgado 5° Penal Torreón Designación definitiva
Auxiliar Administrativo María Josefina Candelas Cadillo Auxiliar Administrativo del Juzgado 5° Penal Torreón Cambio de adscripción, continuando con los efectos de su nombramiento.

El personal restante que resulte necesario, será seleccionado y determinado por acuerdo del Consejo de la Judicatura, así como, en su caso las cadenas de movimientos que resulten necesarias para sustituir al personal listado.

QUINTO. El personal descrito en el cuadro inserto en el considerando que anteceden podrá ser removido y readscrito, de conformidad con las necesidades del servicio, según lo determine este Consejo de la Judicatura del Estado, y para el caso de los ascensos, ingresos e incluso permanencia en el cargo que se les encomienda el personal que no cuenta con el examen de méritos respectivo, estará condicionado a que una vez que se emita la convocatoria respectiva, presenten y aprueben el examen de méritos. En caso contrario el funcionario o funcionaria de que se trate, también podrá ser reasignado o removido, de conformidad con las necesidades del servicio, según lo determine el Consejo de la Judicatura. Lo anterior con sustento en los artículos 62, 63, 64, 65, 66, y 67 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

SEXTO. En los términos descritos en los considerandos que anteceden, el Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, con residencia en la ciudad de Torreón, Coahuila de Zaragoza, iniciará sus funciones a partir del 1° de junio de 2020, con el personal que ha quedado enlistado en el cuadro que antecede, quienes a partir del 26 de junio del año en curso deberán incorporarse al juzgado que se crea mediante el presente acuerdo, para ser capacitados en el funcionamiento del juzgado por las áreas de la Dirección de Informática y el Instituto de Especialización Judicial, a excepción del juez, quien deberá participar en la capacitación que para tal efecto deberá serle impartida por tales órganos.

SÉPTIMO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, a partir del 1° de junio de 2020, en que inicia funciones el Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, no le serán turnadas demandas al Juzgado Segundo Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, ya que todas deberán ser turnadas al primero de los órganos jurisdiccionales mencionado, por conducto de la Oficialía Común de Partes, hasta llegar al mismo número de demandas radicadas en el Juzgado Segundo Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón; hecho lo anterior, la Oficialía Común de Partes, deberá distribuir aleatoriamente las demandas entre dichos órganos jurisdiccionales, acorde con el sistema.

Por lo expuesto y fundado, este Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza, por mayoría de votos de los Consejeros presentes, con la abstención del Consejero García Villa, emite el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO. Se crea el Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, con residencia en la ciudad de Torreón, Coahuila de Zaragoza, el cual tendrá domicilio en el edificio del Palacio de Justicia localizado en Avenida de las Fuentes cruce con Calle Comerciantes, Colonia la Merced número 27276.

SEGUNDO. El Juzgado Tercero Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, con residencia en la ciudad de Torreón, Coahuila de Zaragoza, tendrá competencia en el distrito judicial referido, e iniciará sus funciones a partir del 1° de junio de 2020.

Será competente para conocer de los juicios civiles y mercantiles de acuerdo a la cuantía establecida por este Consejo, acorde con lo previsto en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. La Visitaduría Judicial general en coordinación con el Consejo de la Judicatura, en el ámbito de su competencia, llevará a cabo las acciones que se requieran para el debido cumplimiento del presente acuerdo y resolverá cualquier duda o cuestión administrativa que pudiera suscitarse con motivo de la aplicación del mismo.

CUARTO. Se instruye a la Oficialía Mayor del Poder Judicial del Estado para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las gestiones y acciones administrativas, legales, contables y presupuestales correspondientes para el debido cumplimiento del presente acuerdo; autorizándose los recursos para las adecuaciones y equipamiento necesarios en los recintos que albergaran a los órganos jurisdiccionales que se crean.

QUINTO. Se instruye a la Secretaría de Acuerdo y Trámite a efecto de que lleve a cabo las gestiones correspondientes para la debida publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la página electrónica del Poder Judicial estatal, así como para que se fije en los estrados de los órganos jurisdiccionales del Estado, y remitir las comunicaciones oficiales a las instancias competentes para su conocimiento y debido cumplimiento.

La licenciada Rosalba Ixchel Rodríguez Villagrana, Secretaria de Acuerdo y Trámite del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado,  C E R T I F I C A: De conformidad con lo previsto en el artículo 28 fracciones V y XIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado, que el ACUERDO C-064/2020 EMITIDO POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO EN SESIÓN CELEBRADA EL VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL VEINTE, MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL JUZGADO TERCERO LETRADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TORREÓN, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA, fue aprobado por el Pleno del Consejo en sesión de 22 de mayo de 2020, por mayoría de votos de los Consejeros presentes: Magistrado Homero Ramos Gloria, José Luis Chapa Resendez, Luis Martín Granados Salinas, Paul Iracheta Pérez, con la abstención del Consejero Juan Antonio García Villa. Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 26 de mayo de 2020. Va en tres (03) fojas útiles.- DOY FE.-

LA SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE

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