Acuerdo C-085/2021 Emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza en la Sesión Celebrada el 30 de junio de 2021.

Mediante el cual se aprueba la creación del Centro de Justicia Civil del Distrito Judicial de Sabinas.

I. CONSIDERACIONES

1. Facultades del Consejo de la Judicatura del Estado

El Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza es el órgano del Poder Judicial del Estado que tiene como funciones la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales, según lo establece el artículo 143 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza (en adelante ‘Constitución local’).

De acuerdo con el artículo 57, fracciones VIII y XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza (en adelante ‘ley orgánica’), el Consejo de la Judicatura tiene las siguientes atribuciones: supervisar el funcionamiento de los órganos que integran al Poder Judicial y dictar las providencias necesarias para el mejoramiento de la administración de justicia; así como expedir los acuerdos necesarios para regular el funcionamiento del Poder Judicial y de sus órganos.

Por ende, tiene la facultad de autorizar la creación del Centro de Justicia Civil del distrito judicial de Sabinas, el cual albergará los juzgados civiles y familiares de este distrito judicial.

2. Justificación del presente acuerdo

El artículo 154 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza dispone que toda persona tiene derecho al acceso a la justicia de manera pública, gratuita, pronta, expedita y completa para tutelar de manera efectiva sus derechos fundamentales.

Como todo derecho fundamental, el acceso a la justicia abarca cuatro elementos esenciales: disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad, los cuales implican medidas para garantizar la protección de este derecho . Entre ellos, destaca el elemento de disponibilidad, mediante el cual se busca garantizar la suficiencia de los servicios, instalaciones, mecanismos, procedimientos o cualquier otro medio por el cual se materializa el derecho para la población . Por medio de la accesibilidad se busca asegurar que los medios por los cuales se garantiza un derecho sean accesibles para todas las personas, sin discriminación alguna .

Con el presente acuerdo se propone la creación del Centro de Justicia Civil del distrito judicial de Sabinas, el cual contribuirá a cumplir los elementos esenciales del acceso a la justicia. Esto es así porque se concentrarán ahí los tres juzgados civiles y familiares de este distrito, que son: Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil, Juzgado de Primera Instancia en Materia Familiar, y Juzgado Auxiliar de Primera Instancia en Materia Familiar.

El Centro de Justicia Civil que se creará contará con tecnología de vanguardia y salas de juicio oral que garantizarán una justicia moderna y de calidad para la población de este distrito judicial.

[…]

II. ACUERDO

Por lo anteriormente expuesto, quienes integran el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado acuerdan:

Primero. Se autoriza la creación del Centro de Justicia Civil del distrito judicial de Sabinas en los términos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo. Este Centro de Justicia se encontrará ubicado en carretera Libramiento Norte y carretera 57 Nueva Rosita-Allende, en San Juan de Sabinas, Coahuila de Zaragoza (Libramiento Norte Octavio Paz #2021, colonia prolongación progreso, San Juan de Sabinas, Coahuila) y albergará a los juzgados de primera instancia en las materias civil y familiar de este distrito judicial a partir de la segunda quincena del mes de marzo del 2022.

En relación a los tribunales laborales que podrán tender su sede en este Centro de Justicia, el Consejo determinará lo conducente.

Segundo. Se instruye a la Oficialía Mayor para que realice las gestiones necesarias para el debido cumplimiento del presente acuerdo.

Tercero. Se instruye a la Comisión de Administración del fideicomiso de pensiones complementarias para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las gestiones necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo.

Cuarto. Se instruye a la Secretaría de Acuerdo y Trámite del Consejo de la Judicatura del Estado para que comunique el presente acuerdo a la Oficialía Mayor, a la Comisión de Administración y a los Juzgados involucrados.

MTRO. AGHG.

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