Comunicado de creación del Juzgado Quinto de Primera Instancia en materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, con sede en la Ciudad de Torreón.

Fecha de publicación 30 de septiembre de 2021.

COMUNICADO

Por instrucción del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, me permito dar a conocer los puntos resolutivos principales del acuerdoC-133/2021 que este órgano colegiado emitió en la sesión del 30 de septiembre de este año, mediante el cual se establecen los Lineamientos para el funcionamiento del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón.

“Primero. Se aprueban los Lineamientos para el funcionamiento del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón.

Segundo. Los Lineamientos para el funcionamiento del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón son los siguientes:

1. El Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón iniciará sus funciones el 01 de octubre de 2021.

2. La metodología de distribución de asuntos respecto al nuevo juzgado será la siguiente:

2.1. A partir del inicio de las funciones del nuevo juzgado, los demás juzgados de primera instancia en materia civil del distrito judicial de Torreón dejarán de recibir las demandas que promueva el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), ya que todas deberán ser turnadas, por conducto de la Oficialía de Partes, al Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón.

2.2. Los demás juzgados de primera instancia en materia civil del distrito judicial de Torreón (incluido el Juzgado Segundo Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón) remitirán al nuevo juzgado todos los asuntos promovidos por el INFONAVIT que se encuentren en trámite, a más tardar el 8 de octubre del presente año. Entre los asuntos referidos se comprenderán los asuntos que se indican en la tabla 1 señalada en la parte considerativa del presente acuerdo.

2.3. Este nuevo juzgado recibirá las demandas en materia civil que se presenten a partir del primero de octubre de este año y que distribuya la Oficialía de Partes entre todos los juzgados de primera instancia en materia civil, de manera proporcional y evitando que este nuevo juzgado tenga una carga excesiva que impida atender los asuntos referidos en el presente acuerdo.

[...] Tercero. Se instruye a la Visitaduría Judicial General, a fin de que lleve a cabo las medidas de su competencia para el debido cumplimiento del presente acuerdo, y, en su caso, para los procedimientos de entrega-recepción conducentes.

La Visitaduría Judicial General deberá supervisar la distribución de los asuntos a que se refieren los puntos 2.1 y 2.2 de los lineamientos.

Cuarto. Se instruye a los juzgados de primera instancia en materia civil del distrito judicial de Torreón; al Juzgado Segundo Letrado en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón; a la Oficialía de Partes del distrito judicial de Torreón; a la Oficialía Mayor del Poder Judicial del Estado; y a la Unidad Administrativa del distrito judicial de Torreón, para que lleven a cabo las gestiones necesarias para el debido cumplimiento del presente acuerdo.

La Oficialía Mayor y la Unidad Administrativa deberán realizar las gestiones conducentes para la instalación y el equipamiento del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón [...].”

Como anexo al presente acuerdo adjunto la tabla a que se refiere el punto 2.2. del referido acuerdo.

Atentamente

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, 30 de septiembre de 2021

Maestra Elsa María del Pilar Flores Velázquez
Secretaria de Acuerdo y Trámite del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza

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