Acuerdo se decide el cambio de domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo.

Se giran instrucciones a las autoridades competentes. Fecha de publicación: 16 de marzo del 2023.

ACUERDO DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

Resumen: En este acuerdo se decide el cambio de domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo. Se giran instrucciones a las autoridades competentes.

Saltillo, Coahuila de Zaragoza. Acuerdo del 16 de marzo de 2023.

I. CONSIDERACIONES

1. Facultades del Consejero Presidente para emitir el presente acuerdo

El Consejo de la Judicatura es el órgano del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza que tiene como funciones la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales, según lo establece el artículo 143 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza. De acuerdo con el artículo 57, fracciones III, VIII y XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza (LOPJECZ), el Consejo de la Judicatura tiene las facultades de: a propuesta de su Presidente, señalar o cambiar la adscripción de los titulares y demás servidores públicos de los órganos jurisdiccionales, variar la materia, la competencia por cuantía y circunscripción territorial de éstos y cambiar el lugar de su residencia; supervisar el desempeño de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado y de dictar los acuerdos generales que sean necesarios para regular el funcionamiento del Poder Judicial y de sus órganos. Por su parte, el Consejero Presidente tiene la atribución de resolver los asuntos cuya atención no admita demora, dando cuenta al Consejo en la siguiente sesión, de acuerdo con el artículo 9, fracción VIII, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza. El Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión celebrada el 30 de marzo de 2022, emitió el acuerdo C-031/2022, mediante el cual se implementó la Especialización Hipotecaria de la Justicia Civil y se aprobó la creación del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil, el cual tiene su domicilio ubicado en boulevard Luis Donaldo Colosio, número 703, fraccionamiento Valle Real, Saltillo, Coahuila de Zaragoza. En consecuencia, el Consejero Presidente tiene la facultad para emitir el presente acuerdo con la finalidad de autorizar el cambio de domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil Especializado en Materia Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo. Eso es así, porque ello no admite demora, en virtud de que impacta directamente en la labor del juzgado y en el servicio de acceso a la justicia que presta diariamente a la ciudadanía.

2. Justificación para emitir el presente acuerdo

El Consejero Presidente pone de manifiesto que el Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza se encuentra en constante cambio e innovación, con la finalidad de garantizar a las personas usuarias el acceso a la justicia y una tutela judicial efectiva, ello de acuerdo a las normas constitucionales generales y locales.

Asimismo, uno de los principales objetivos de este poder público es el de garantizar a las personas usuarias y a las personas servidoras públicas espacios que sean dignos de una sede judicial, en la que se pueda impartir justicia de manera adecuada y óptima.

El suscrito Presidente señala que en la actualidad en el Distrito Judicial de Saltillo, las sedes de los órganos jurisdiccionales se encuentran repartidas en diversos edificios, con la finalidad de distribuir de manera eficiente los espacios con los que se cuenta.

El Consejero Presidente refiere que el Pleno del Consejo de la Judicatura en la sesión celebrada el 30 de marzo de 2022, mediante acuerdo C-31/2022 aprobó la implementación de la especialización hipotecaria en la justicia civil y también aprobó la creación del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo.

En dicho acuerdo también se señaló como domicilio de este órgano jurisdiccional el ubicado en boulevard Luis Donaldo Colosio, número 703, fraccionamiento Valle Real, Saltillo, Coahuila de Zaragoza

Sin embargo, de acuerdo a las necesidades del servicio y la disponibilidad presupuestal que existe, el suscrito Presidente manifiesta que es oportuna la reorganización y reacomodo de la sede oficial del órgano jurisdiccional antes señalado.

Lo anterior con el objetivo de regular el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales integrantes de este poder público, con la finalidad de habilitar espacios que permitan que desarrollen de manera óptima y eficiente sus funciones, así como de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, y con ello contar con espacios cercanos y de fácil acceso a las personas justiciables.

Por ello, el Consejero Presidente estima oportuno cambiar el domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo.

3. Gestiones para el cambio de domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo

El suscrito Presidente considera necesario precisar las gestiones que deberán realizarse en el contexto del cambio de domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo.

Ahora bien, el referido órgano jurisdiccional desarrollará sus funciones en el domicilio ubicado en calle Chiapas, esquina con calle Candela, 375, en la colonia República, código postal 25265 en Saltillo, Coahuila de Zaragoza a partir del 21 de marzo de 2023.

Las autoridades involucradas en este cambio de domicilio contarán con el tiempo suficiente para adecuar las nuevas instalaciones del juzgado que cambia de domicilio y con ello a partir del martes 21 de marzo de 2023, las personas usuarias puedan seguir acudiendo a la sede de dicho juzgado.

De esta manera, no se interrumpe el servicio ni se coarta el acceso a la justicia de la personas usuarias, al contrario, se garantiza su continuidad.

En cuanto a las autoridades del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza que deberán intervenir en el auxilio para el adecuado funcionamiento del juzgado que cambia de domicilio conforme al presente acuerdo, se determina lo siguiente:

Tomando en consideración que será necesario activar los sistemas de cómputo y comunicación interna, el traslado del mobiliario y equipamiento, así como los sistemas de gestión y de informática correspondientes, la Oficialía Mayor del Poder Judicial del Estado deberá adoptar las medidas pertinentes para realizar las acciones conducentes para tal efecto.

Para llevar a cabo el traslado de los expedientes, documentos base de la acción, anexos y/o bienes a su cargo, el juzgado que cambia de domicilio atenderá los lineamientos que establezca la Visitaduría Judicial General.

Para ello, la Visitaduría deberá designar a las y los servidores públicos que estime necesarios para supervisar el debido resguardo de los mismos en los términos de la normatividad aplicable.

Por otra parte, las y los servidores públicos adscritos al órgano jurisdiccional que cambia de domicilio, deberán realizar el debido resguardo y traslado con todos los bienes, objetos, materiales, documentos y expedientes y dicho traslado será bajo la responsabilidad del personal del juzgado.

Por ello, el titular del juzgado deberá asignar labores y supervisar que el personal haga las relaciones y embalajes necesarios para el traslado, así como realizar las actividades conducentes para que el órgano sea funcional en la nueva ubicación a partir del 21 de marzo de 2023.

Asimismo, el personal adscrito al juzgado que cambia de domicilio, deberá realizar las gestiones que sean necesarias para el adecuado desarrollo del cambio de domicilio y para el óptimo funcionamiento del Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo.

Finalmente, el personal del órgano jurisdiccional que cambia de domicilio y las autoridades del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, deberán de colaborar entre sí de manera efectiva, para que el juzgado opere de manera óptima en el nuevo domicilio en la fecha señalada y con ello no se interrumpan las audiencias que ya se tienen agendadas.

II. DECISIONES

Por lo anteriormente expuesto, el suscrito Consejero Presidente decide lo siguiente:

Primero. Se determina que a partir del 21 de marzo de 2023 el domicilio del Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo deje de ser el ubicado en boulevard Luis Donaldo Colosio, número 703, fraccionamiento Valle Real, Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para ubicarse en:

Calle Chiapas, esquina con calle Candela, 375, en la colonia República, código postal 25265, en Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Segundo. Se instruye a la Oficialía Mayor del Poder Judicial, a la Visitaduría Judicial General y al personal del Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo, para que en coordinación y colaboración realicen las gestiones necesarias para el traslado del órgano de conformidad a lo establecido en la parte considerativa de este acuerdo.

Tercero. Se instruye a la Secretaría de Acuerdo y Trámite para que comunique el presente acuerdo al licenciado Omar Alejandro Berlanga Elizalde, titular del Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo, a la Oficialía Mayor y a la Visitaduría Judicial General.

Cuarto. Se instruye a la Secretaria de Acuerdo y Trámite para que lleve a cabo las gestiones correspondientes para que se publique el presente acuerdo en el sitio web oficial del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como para que se fije en los estrados de los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Saltillo.

Quinto. El Consejero Presidente dará cuanta del presente acuerdo al Pleno del Consejo de la Judicatura en su siguiente sesión.

Sexto. Se instruye listar y cumplir el presente acuerdo.

De esta manera el Consejero Miguel Felipe Mery Ayup, Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza, emite el presente acuerdo actuando ante Ángel Gabriel Hernández Guzmán, Secretario de Acuerdo y Trámite, que autoriza y da fe.


De conformidad con lo previsto en el artículo 28 fracciones V y XIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila, el suscrito Maestro Ángel Gabriel Hernández Guzmán, Secretario de Acuerdo y Trámite del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, hace constar y C E R T I F I C A: que la copia que antecede concuerda fiel y exactamente con su original, mismo que corresponde al acuerdo del Consejero Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza, de fecha dieciséis de marzo de dos mil veintitrés, por el que se decide el cambio de domicilio del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil con Especialización Hipotecaria del Distrito Judicial de Saltillo, el cual obra en archivos de este Consejo.- Saltillo, Coahuila a dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. Va en dos (2) hojas útiles. DOY FE.-


EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE



Consejero Miguel Felipe Mery Ayup

Presidente del Consejo de la Judicatura

del Estado de Coahuila de Zaragoza



Ángel Gabriel Hernández Guzmán

Secretario de Acuerdo y Trámite del Consejo de la

Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza

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