Objetivo y Justificación

Objetivo

Con el fin de asegurar a las mujeres el acceso a una justicia efectiva con perspectiva de género garantizando su seguridad, pensión alimentaria provisional y la custodia provisional de sus hijas e hijos. Estableciendo los lineamientos para el funcionamiento de los Juzgados Especializados en Violencia Familiar contra las Mujeres con competencia mixta en materia familiar y penal.

Justificación

Las obligaciones internacionales que nuestro país adquirió desde hace varias décadas mediante la firma de instrumentos jurídicos en materia de derechos humanos de las mujeres, entre los que destacan la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer conocida por sus siglas como CEDAW, y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, también llamada “Belem do Pará”, garantizan un sistema de protección hacia las mujeres en situación de violencia.

Sin duda, las mujeres en el mundo entero, hoy demandan igualdad de oportunidades, igualdad de trato, así como un acceso efectivo y expedito a la justicia. México requiere una reorganización de sus sistemas de justicia, a fin de hacerlos más asequibles a las mujeres.

Por ello dando cumplimiento a lo que establece el artículo 4° apartado g) de la Convención Belém do Pará, que estipula que toda mujer tiene derecho al goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos, entre otros, a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes que la ampare contra actos que violen sus derechos, en Coahuila hemos implementado como una acción afirmativa en favor de las mujeres que viven una violencia dentro del ámbito familiar, la instalación de Juzgados Especializados en violencia familiar contra las mujeres (cuya guía de actuación se regula en el presente Protocolo), con la finalidad precisamente de poner a su alcance órganos especializados que garanticen sus derechos y protección inmediata cuando sufren actos de violencia.

Bajo una enfoque de justicia con perspectiva de género, atendiendo a las principales necesidades de las mujeres en situación de violencia familiar, se contempla que estos Juzgados Especializados, tal como lo señaló el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza mediante Acuerdo, actúen bajo el tenor de responder tres necesidades imperantes e impostergables de las mujeres: garantizar su seguridad, la de sus hijas e hijos, la obtención rápida y sin burocracia de medidas tanto de pensión alimenticia, como de guarda y custodia de menores, además de asegurarles la no repetición de los actos de violencia en su perjuicio.

La presente guía al igual que el Protocolo para Juzgar con perspectiva de género emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se basa en el contexto de las víctimas, y pretende ponderar en todos los casos el quehacer jurisdiccional bajo la premisa fundamental de no dejar de visibilizar la condición de vulnerabilidad en la que se encuentran las mujeres, sus hijas e hijos que son víctimas de violencia en el ámbito familiar.

Tal y como lo establece el artículo 7° de la Convención Belém do Pará, nuestra entidad federativa está obligada a adoptar por todos los medios apropiados y sin dilaciones políticas públicas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, y en específico a actuar con debida diligencia en la prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, estableciendo procedimientos legales justos, eficaces para un juicio oportuno y el acceso efectivo a los mismos.

Bajo ese tenor, en el presente Protocolo denota una herramienta que permite que los procedimientos establecidos en la legislación adjetiva penal (Código Nacional de Procedimientos Penales) y familiar (Código de Procedimientos Familiares del Estado de Coahuila de Zaragoza), sean como conforme a los Estándares Internacionales, específicamente como lo señala Convención Belém do Pará: justos, eficaces y accesibles para las mujeres.