Responsable
Maestro Rodrigo González Morales, Secretario Técnico y de Transparencia
Fecha de Validación
05 de agosto de 2025
Artículos 127 y 139 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza
- El Poder Judicial deberá establecer acciones de coordinación y colaboración con foros, barras, colegios y asociaciones de profesionales del derecho con la finalidad de eficientar la administración e impartición de justicia en el Estado.
- El Observatorio Judicial es el órgano colegiado que tiene por objeto coadyuvar en la supervisión y vigilancia del quehacer de los órganos del Poder Judicial, a fin de identificar problemáticas en su funcionamiento para que, en el marco de la justicia abierta y la participación ciudadana, formule propuestas de mejora en su operación tendientes a elevar la efectividad en la administración e impartición de justicia en el Estado