Artículo 27, fracción XIV. Justicia Constitucional.

Los procedimientos de justicia constitucional local que incluya desde el inicio hasta su resolución.

Responsable

Pleno del Tribunal Superior de Justicia.

Fecha de Validación

18 de julio de 2025

El Tribunal de Conciliación y Arbitraje es un órgano integrante del Poder Judicial y dentro de sus funciones no se comprende la informacíon a que hace referencia la presente fracción, lo anterior de conformidad con lo que determinan los artículos 25-O-2 y 25-O-3, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Este rubro compete al Tribunal Constitucional del Poder Judicial, de acuerdo a lo que establece el artículo 11, fracción XIII, de la Ley Orgáica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Si desea conocer controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad locales pude acceder a la liga siguiente: Tribunal Consitucional